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  • Acerca de

    La Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios (DDHU) es el órgano responsable de la promoción y defensa de los derechos humanos y universitarios de la comunidad universitaria.

     

    En el ejercicio de sus funciones será independiente, confidencial e imparcial.  

     

    La Defensoría observará para la promoción y defensa de los derechos humanos y universitarios los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.  

     

     

    Para llevar a cabo sus funciones, la DDHU tiene la siguiente estructura:
    I. Una persona titular;
    II. Personas defensoras adjuntas;
    III. Personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades, preferentemente especializado en derechos humanos y en atención en materia de violencia de género;
    IV. Delegaciones cuando sea necesario para su eficaz funcionamiento.

    Entre los antecedentes de las Defensorías Universitarias, destaca la figura del OMBUDSMAN, de origen escandinavo y que surge en la Constitución  Sueca de 1809, la palabra OMBUD significa el que actúa como vocero o representante del pueblo y MAN, hombre. Este vocablo ha tenido cambios en cuanto al lenguaje incluyente y también se le conoce como OMBUDSPERSON.

    En el ámbito universitario a partir de la Reforma Universitaria de 1983, surge la primera Defensoría en la Universidad Complutense de Madrid, que originalmente solo defendía estudiantes para después a toda la comunidad universitaria. Le siguieron las universidades de Granada, León, Salamanca y Barcelona entre otras.

    Estas figuras influyeron en la creación de la Defensoría de Derechos Universitarios de la UNAM, el 29 de mayo de 1985 primera latinoamericana y fué una instancia que proyectó la urgencia de la Defensa de los Derechos Humanos a nivel nacional, y además ser considerada como uno de los antecedentes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH) entre otros.

    Este modelo de protección, fue retomado en varias universidades públicas y privadas en el país; en la UNACH mediante acuerdo del 21 de abril de 2008 se creó la Defensoría de los Derechos Universitarios, como un órgano independiente para atender las denuncias y quejas de los integrantes de la comunidad universitaria que se consideran afectados en sus derechos.

    En el 2019 se puso en marcha el Programa Institucional y el Protocolo contra la Violencia, Violencia de Género, Hostigamiento, Acoso Sexual y Discriminación, bajo la Coordinación de la Defensoría. 

    Por decreto número 165 del 12 de febrero de 2020, publicado en el periódico Oficial Estatal, se promulgó la nueva Ley Orgánica de la UNACH, y para fortalecer los derechos de la comunidad se creó la actual Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios.

    Visión 

    Promover la cultura de promoción, respeto, protección y defensa de los derechos humanos y universitarios de quiénes integran la comunidad universitaria, basándose en los principios de legalidad, igualdad, transparencia, equidad y responsabilidad, con acciones de manera coordinada en la prevención y atención a todo tipo de violencia.

     

    Misión 

    Ser un órgano que promueve y garantiza el respeto y la defensa a los derechos humanos y universitarios, con base a la dignidad de las personas que conforman la comunidad universitaria de forma independiente, imparcial y confidencial, recurriendo primordialmente a la prevención, la conciliación y solución de conflictos.

    Los Derechos Humanos y Universitarios engloban una serie de prerrogativas a favor de cada uno de los integrantes de la comunidad universitaria. Estos derechos y deberes se encuentran en diversos instrumentos normativos de la UNACH, así como en Leyes Federales, Estatales y Tratados Internacionales en la materia.

     

    Estos principios descansan en el goce y respeto de los derechos conforme lo estipula el artículo 2º de la Ley Orgánica y demás Legislación de la UNACH, de los que encontramos:

    • Igualdad
    • Respeto a la dignidad
    • No violencia
    • No discriminación
    • Equidad
    • Legalidad

    De acuerdo al artículo 50 de la Ley Orgánica de la UNACH, la Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios se encargará de:


    I. Investigar las denuncias de presuntas violaciones cometidas por autoridades universitarias, estudiantes y trabajadores de la Universidad.
    II. Dictar las medidas cautelares que se ameriten y procurar la conciliación entre las partes en conflicto.
    III. Emitir recomendaciones, mismas que serán atendidas por los funcionarios o autoridades colegiadas involucradas.
    IV. Informar a la persona titular de la Rectoría anualmente de los resultados de su gestión y de manera extraordinaria cuando así se juzgue conveniente.
    V. Promover y difundir la cultura de respeto a los derechos humanos y universitarios dentro y fuera de la Universidad.
    VI. Las demás que establezca la presente Ley y la normatividad universitaria reglamentaria.

     

    Y en el artículo 750 del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas, las atribuciones de la Defensoría son las siguientes:


    I. Admitir, prevenir o rechazar las denuncias, reclamaciones o inconformidades que presenten las y los integrantes de la Comunidad Universitaria que consideren una afectación en su derecho individual;
    II. Admitida la Queja, dictar las medidas precautorias que se ameriten para que las o los funcionarios, autoridades o cualquier instancia competente de la Universidad las implemente con el fin de evitar que se causen daños de difícil reparación;
    III. Requerir a las autoridades universitarias, estudiantes, personal académico, personal administrativo y personas trabajadoras de la Universidad señaladas como probables responsables, los informes respectivos con relación a los hechos que dieron origen la Queja;
    IV. Requerir a las autoridades universitarias cualquier informe que se considere para mejor proveer en las investigaciones o estudios relacionados con la Queja o Quejas en trámite;
    V. En los casos procedentes proponer o a petición de las partes llevar a cabo la conciliación sobre el conflicto que dio origen a la Queja con la finalidad de dar soluciones inmediatas, emitiendo el acuerdo correspondiente;
    VI. Emitir la Recomendación que proceda conforme a derecho, derivado de las investigaciones de las Quejas;
    VII. Emitir Recomendaciones Generales, en los casos que sean competencia de la Defensoría, para efectos de promover acciones positivas para crear políticas públicas para respetar, proteger y hacer efectivos los derechos de las personas integrantes de la Comunidad Universitaria;
    VIII. Difundir entre la Comunidad Universitaria versiones públicas de las Recomendaciones, a través de la página oficial de la Defensoría;
    IX. Atender las solicitudes de informes de cualquier titular de los Órganos de Gobierno de la Universidad, observando la ley de la materia;
    X. Todas aquellas que sean complementarias para el correcto desarrollo de los fines de la Defensoría.

    1. ¿Qué hace la defensoría de los derechos humanos y universitarios?
    La defensoría se encarga de promover y defender los derechos humanos en la universidad.


    2. ¿Cuál es el horario de atención de la ddhu?
    Lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.


    3. ¿Qué casos atienden?
    La defensoría atiende cualquier caso en el que consideres se han vulnerado tus derechos humanos y universitarios, así como situaciones de violencia, violencia de género y discriminación.


    4. ¿Cuál es el término para presentar una queja?
    Puedes presentar tu queja dentro de los 6 primeros meses, excepcionalmente se podrá ampliar dicho plazo hasta 12 meses.


    5. ¿La ddhu impone sanciones?
    No, la defensoría carece de facultades para imponer sanciones.


    6. ¿En qué casos no es competente la ddhu?
    La defensoría es incompetente para conocer:

    • Conflictos de naturaleza estrictamente laboral;
    • Afectaciones a derechos de carácter colectivo;
    • Acuerdos emitidos por el consejo universitario;
    • Acuerdos emitidos por la h. Junta de gobierno;
    • Resoluciones disciplinarias emitidas por la oficina del abogado general;
    • Resoluciones emitidas por el tribunal universitario;
    • Evaluaciones académicas aplicadas a estudiantes o al personal académico;
    • aquellas conductas en las que la legislación universitaria señale otra vía o autoridad para conocer.


    7. ¿Qué acciones impulsa la defensoría para prevenir la violencia
    por razones de género?
    La defensoría realiza acciones de capacitación y sensibilización, en materia de género y derechos humanos, así como difusión del protocolo de actuación ante situaciones de violencia, violencia de género, hostigamiento, acoso sexual y discriminación.


    8. ¿Qué tipo de resoluciones de fondo emite la defensoría?

    la defensoriía emite recomendaciones y acuerdos que dan fin al procedimiento cuando no se acrediten violanciones a derechos humanos y universitarios.

    La Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios tiene como prioridad el fomentar una cultura de paz a través de la promoción y defensa del respeto a los derechos humanos en la comunidad universitaria; por lo que el presente plan de trabajo busca contribuir con acciones que permitan modificar el pensamiento, conducta y actitudes que generan violencias.

     

    Eje No violencia.

    Este eje comprende acciones dentro del ámbito universitario, que permitan realizar cambios culturales, normativos, programáticos y operativos para el respeto pleno a los derechos humanos, así como la prevención y atención a todo tipo de violencia dentro de la comunidad universitaria.

     

    Objetivo 1: Promover la cultura de la paz, a través de la no violencia en la comunidad universitaria, generando mayor conciencia acerca de los tipos y modalidades de violencia y sus repercusiones; así como el respeto a los derechos humanos y universitarios que permitan una mejor convivencia académica y comunitaria.

    • Línea de acción 1.1 Realizar de forma continua acciones de sensibilización, capacitación y formación en temas de prevención de cualquier tipo de violencia, y el respeto a los derechos humanos y universitarios, con toda la comunidad educativa (estudiantes, personal docente y administrativo) de las diversas unidades y áreas universitarias, para la construcción de entornos seguros.

    Actividad 1.1.1 Llevar a cabo campañas, pláticas, cursos y talleres de capacitación con la comunidad universitaria, que aborden temas de violencias, generación de paz, y respeto a los derechos humanos y universitarios; así como sobre los mecanismos y medios con los que cuenta la Universidad para atender cualquier caso de violencia generado en el ámbito universitario.

    Actividad 1.1.2 Realizar congresos, simposios y otros eventos académicos y culturales, que permitan el libre diálogo, la reflexión y la generación de conocimientos en torno a una vida libre de violencias.

    Actividad 1.1.3 Establecer convenios de colaboración interinstitucional con otras IES, Instituciones Gubernamentales, privadas y organizaciones civiles que trabajen para erradicar, atender o prevenir cualquier tipo de violencia.

    • Línea de acción 1.2 Realizar campañas de sensibilización, promoción y difusión en temas de prevención de cualquier tipo de violencia, respeto a los derechos humanos y cultura de paz.

    Actividad 1.2.1 Diseñar imágenes, videos, textos y publicaciones cultura de paz, prevención y atención a la no violencia para la población dentro y fuera de la Universidad.

    Actividad 1.2.2 Realizar publicaciones mensuales en medios digitales y redes sociales, sobre temas de cultura de paz, no violencia y derechos humanos; y campañas gráficas sobre los medios y mecanismos institucionales para prevenir y atender la violencia dentro del ámbito universitario.

     

    Objetivo 2: Atender, orientar y canalizar a las personas de la comunidad universitaria que enfrenten alguna situación de violencia o vulneración de derechos humanos y universitarios en el entorno universitario.

    • Línea de acción 2.1 Recibir y atender las denuncias de la comunidad universitaria, en caso de violencia o vulneración de derechos humanos y universitarios.

    Actividad 2.1.1 Aplicar el Protocolo de Actuación ante Situaciones de Violencia, Violencia de Género, Hostigamiento, Acoso Sexual y Discriminación para atención de las quejas que acrediten la vulneración de algún derecho dentro de la comunidad universitaria.

    Actividad 2.1.2 Asesorar a las personas que hayan sido víctimas de algún delito o vulneración de derechos humanos que no entren en el ámbito de la competencia universitaria, y canalizar a instancias internas o externas a la Universidad, los casos que no acrediten una asesoría o queja, para su respectiva atención.

    • Línea de acción 2.2 Promover la restitución de los derechos de todas las personas de la comunidad universitaria.

    Actividad 2.2.1 Emitir las recomendaciones resultantes de los procesos de atención a las quejas emitidas por la comunidad universitaria, de modo que se generen ambientes sin violencia, y se determinen precedentes congruentes con la política de cero tolerancia a la violencia dentro de la Universidad.

     

    Objetivo 3: Generar la revisión, actualización e incorporación de la cultura de paz en la normatividad, en las políticas, en los procesos administrativos y en la generación de conocimiento académico que realiza la Universidad.

    • Línea de acción 3.1 Promover la revisión de la normatividad universitaria, para proponer las actualizaciones necesarias para integrar la transversalización de la cultura de paz.

    Actividad 3.1.1 Promover el diagnóstico de la normatividad universitaria, para realizar propuestas de modificaciones, de manera que se integre la cultura de paz.

    • Línea de acción 3.2 Revisar los procedimientos académicos y administrativos con perspectiva de género y de cultura de paz, para gestionar los cambios necesarios.

    Actividad 3.2.1 Promover el diagnóstico de elementos del entorno físico, virtual y social en la Universidad para identificar desigualdades de acceso y riesgos a la integridad y seguridad de todas las personas de la comunidad universitaria, que permitan proponer la actualización y adecuaciones necesarias para prevenir cualquier tipo de violencia o vulneración de los derechos humanos y universitarios.

    • Línea de acción 3.3 Promover el desarrollo de investigación multidisciplinaria con perspectiva de género en toda la comunidad universitaria.

    Actividad 3.3.1 Fomentar la investigación y estudios sobre la temática de género, derechos humanos y cultura de paz.

    Actividad 3.3.2 Difundir los resultados de las investigaciones que tengan perspectiva de género y derechos humanos, o que hagan aportes para mejorar las prácticas institucionales y generar una cultura de paz dentro y fuera de la Universidad.

     

    Objetivo 4: Promover la actualización y certificación en temas de no violencia con el personal de las distintas áreas de la Universidad que atienden a personas que atraviesan circunstancias de violencia o vulneración de sus derechos en la comunidad universitaria.

    • Línea de acción 4.1 Promover la capacitación y actualización de la formación del personal que labora en la Universidad con actividades de prevención y atención de la violencia en el ámbito universitario.

     

    • Línea de acción 4.2 Realizar procesos de evaluación con fines de certificación en los estándares de competencia relacionados a la prevención y atención de la violencia, tanto para personas pertenecientes a la comunidad universitaria, como a personal de instancias gubernamentales, empresas particulares y ciudadanía en general.

    Presentación

     

    La Defensoría de los Derechos Humanos y Universitarios (DDHU) tiene la alta encomienda de la promoción y defensa de los derechos humanos y universitarios de la comunidad universitaria, por ello, sus actuaciones son de carácter independiente, confidencial e imparcial. Para lograrlo debe contar con un marco normativo que regule sus funciones, atribuciones y competencia. Además de lo anterior, debe estar integrada por personas especializadas en derechos humanos y en atención en materia de violencia de género.

     

    Los retos que enfrenta esta Dependencia, así como cualquier otra del sector público, son amplios y con un arraigo histórico que ha sido necesario combatir con determinación y voluntad. Es por ello que la DDHU, a través de su Titular, defensoras adjuntas, personal administrativo y titulares de las Comisiones de Género, han realizado su mayor esfuerzo para cumplir con el objetivo por el cual fue creado este Órgano interno, que es el de promover espacios libres de violencia y atender aquellas denuncias por presuntas vulneraciones a derechos de las personas que integran nuestra comunidad unachense.

     

    El día de hoy, después de un año de trabajo, la Defensoría, a través de su Directora, rinde su primer informe mediante el cual se podrán apreciar las distintas actividades enfocadas en los dos ejes estipulados en su Plan de trabajo general, estos son: Eje de Promoción y el Eje de Defensa. El presente informe se realiza en cumplimiento a lo ordenado en la normatividad universitaria, así como un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas ante nuestra apreciable comunidad universitaria. Los datos aquí aportados son el reflejo del trabajo institucional enfocado en vigilar el cumplimiento y respeto de la Legislación Universitaria en pleno respeto a los derechos humanos.

     

    1er. Informe de actividades 2022 - 2023

     

    Respetuosamente

    “Por la conciencia de la necesidad de servir”

    Dra. Maricela Hazel Pacheco Pazos Directora.

     

    1ra. Norte Poniente, Número 1016, Primer Piso | Barrio Guadalupe, entre 9ª y 10ª Poniente, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. México. C.P. 29000

    61 7 80 00 Ext. 5046 y 5047

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